Reprografía
Las peticiones de reproducciones y de permisos de uso deben enviarse a la siguiente dirección de correo electrónico de Patrimonio Nacional: real.biblioteca@patrimonionacional.es
Disponemos a continuación el Acuerdo del Consejo de Administración de Patrimonio Nacional, por el que se regulan los precios públicos para la prestación de servicios por parte del organismo en lo referente a cesión de reproducciones, permiso de uso y solicitud de imágenes hecho público en el «BOE» núm. 250, de 19 de octubre de 2023, páginas 139015 a 139029.
Precios públicos por determinados servicios prestados por el Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, 0A
Sección 1.ª Cesión de reproducciones en soporte digital
Concepto | Precio | Euros |
Imagen superior a 10 millones de píxeles en archivo TIFF | 50,00 |
Imagen inferior a 10 millones de píxeles en archivo JPG | 15,00 |
Imágenes b/n en formato PDF (cada página) | 0,10 |
Imágenes color en formato PDF (cada página). | 2,00 |
Reproducción de obras sonoras en formato MPEG-1 Audio Layer 3 o MP3 (cada 30 minutos o fracción). | 50,00 |
Reproducción de obras audiovisuales en formato MPEG-4, MP4 Media o MP4 Vídeo (cada 30 minutos o fracción). | 75,00 |
Quedarán exentas de la aplicación de los precios públicos contenidos en esta sección las entregas de reproducciones en los siguientes casos:
- Fines de investigación, científicos o docentes, cuando se cumpla alguno de los siguientes supuestos y con un límite máximo de cuatro (4) imágenes o de 30 minutos de obras sonoras o audiovisuales (exenciones no aplicables a fondos documentales y bibliográficos a cargo de las Unidades que conforman la red de Archivos y de Bibliotecas del Patrimonio Nacional):
- Cuando el solicitante sea o pertenezca a un archivo, biblioteca o museo cuyo titular sea la Administración General del Estado.
- Cuando el solicitante esté realizando estudios e investigaciones sobre los originales reproducidos, lo que se justificará mediante la presentación de una memoria explicativa del proyecto de investigación/divulgación/docencia (extensión máxima de 300 palabras), que irá firmado por su responsable, tanto investigador como, en su caso, docente.
- En caso de que las reproducciones solicitadas superen la cantidad y/o el metraje exceptuados, así como se efectúe una valoración negativa de la solicitud de exención por parte de la persona titular de cada Dirección, o persona en quien delegue, se aplicará el precio establecido.
- Reproducciones de bienes culturales cuyo préstamo haya sido autorizado por el Patrimonio Nacional. La Comisión de Préstamos decidirá sobre las posibles exenciones, totales o parciales, en la aplicación de precios por este concepto.
Sección 2.ª Permisos de uso de reproducciones de bienes culturales
Los precios establecidos en esta Sección afectan a cada uso solicitado, con independencia del número de reproducciones implicadas en cada uno de ellos, excepto para los usos contemplados en el apartado 3 (Publicidad y merchandising), cuyo precio por uso se aplicará a cada reproducción implicada.
Quedarán exentos de la aplicación de los precios públicos contenidos en esta sección los usos vinculados con:
- Fines de investigación, científicos o docentes, cuando se cumpla alguno de los siguientes supuestos:
- Cuando el solicitante sea o pertenezca a un archivo, biblioteca o museo cuyo titular sea la Administración General del Estado.
- Cuando el solicitante esté realizando estudios e investigaciones sobre los originales reproducidos, lo que se justificará mediante la presentación de una memoria explicativa del proyecto de investigación/divulgación/docencia (extensión máxima de 300 palabras), que irá firmado por su responsable, tanto investigador como, en su caso, docente. En caso de valoración negativa por la persona titular de cada Dirección, o persona en quien delegue, se aplicará el precio fijado para uso comercial.
- Uso de reproducciones de bienes culturales cuyo préstamo haya sido autorizado por el Patrimonio Nacional. La Comisión de Préstamos es la que decidirá sobre las posibles exenciones, totales o parciales, en la aplicación de precios por este concepto. Los precios no incorporan ningún otro gasto derivado de seguros, transporte, preparación técnica o asimilados, que, en todo caso, deberá asumir el solicitante de la obra. El uso de estas imágenes quedará limitado a su inclusión en el catálogo de cada evento, en folletos y desplegables entregados gratuitamente a los visitantes de los mismos y en soportes, físicos o electrónicos, que se visualicen dentro de la propia exposición o en un sitio web directamente relacionado con la exposición.
- Uso de recursos textuales, gráficos, sonoros o audiovisuales puestos a disposición a través del sitio web o redes sociales del Patrimonio Nacional excepto con fines comerciales. Se incluirá siempre una referencia a la procedencia del recurso utilizado, indicando que pertenece a Patrimonio Nacional y la URL de donde se ha obtenido.
1. Publicaciones
Concepto |
Tirada |
Precio | Euros |
Publicaciones de carácter comercial |
Hasta 1000 ejemplares |
200,00 |
Entre 1001 y 3000 ejemplares |
400,00 |
|
Más de 3001 ejemplares |
800,00 |
|
Publicaciones de carácter científico o docente |
|
Gratuito |
Se solicitarán cuatro (4) ejemplares de las publicaciones impresas, si bien esta cantidad puede quedar reducida en el caso de ediciones singulares por su carácter artístico o el precio final de venta de la publicación. Los titulares de cada Dirección, o personas en quien deleguen, serán los encargados de valorar cada caso, al objeto de determinar el número de ejemplares a entregar por parte de los solicitantes.
- En caso de publicaciones electrónicas y sitios web, se facilitará una dirección de enlace, con posibilidad de descarga gratuita de la publicación. Cuando no sea posible la descarga gratuita, se deberá entregar un único ejemplar en un formato legible por los equipos informáticos del Patrimonio Nacional.
- Se formalizará mediante convenio la cesión de permisos de uso de reproducciones en aquellos casos que el personal del Patrimonio Nacional lo considere oportuno.
2. Actividades docentes, exposiciones y eventos culturales
Concepto |
Uso comercial | Euros |
Uso científico o docente | Euros |
Presentaciones y comunicaciones. |
100,00 |
Gratuito |
Folletos, dípticos, trípticos y desplegables. |
100,00 |
Gratuito |
Soportes visibles en el interior de la sede expositiva. |
300,00 |
100,00 |
Soportes visibles en y/o desde la vía pública. |
500,00 |
200,00 |
- Se solicitarán DOS COPIAS, una en formato WebM (extensión.webm) y otra en formato MPEG-4, MP4 Media o MP4 Vídeo (extensiones.mpeg o.mp4) de cualquier obra audiovisual que contenga reproducciones de Patrimonio Nacional.
3. Publicidad y merchandising
Concepto |
Precio | Euros |
Presentaciones y comunicaciones (incluyendo hojas informativas asociadas). |
200,00 |
Productos de merchandising. |
300,00 |
Interactivos y audiovisuales. |
300,00 |
Uso como elemento expositivo. |
500,00 |
Soportes publicitarios visibles en y/o desde la vía pública. |
800,00 |
4. Uso privado
Concepto |
Precio | Euros |
Registros de base de datos (por registro). |
0,10 |
Certificados (por documento). |
5,00 |
Compulsas (por documento). |
5,00 |
- La información contenida en los registros de bases de datos responde al momento de su entrega, ya que se actualiza y completa de manera continua.
ANEXO III. Servicios especiales sujetos a presupuesto previo y/o a condiciones especiales
Sección 1.ª Solicitud de imágenes nuevas y/o especiales, no incluidas en el banco de imágenes del Patrimonio Nacional y realizadas a instancia del solicitante
1. Realización de reproducciones por personal del Patrimonio Nacional.
- El Patrimonio Nacional podrá repercutir sobre el solicitante los gastos generados por esta actuación, para lo que se presentará un presupuesto previo.
- El Patrimonio Nacional analizará cada solicitud de manera individual y se reserva el derecho de establecer condiciones especiales en función de la naturaleza de las mismas.
2. Realización de reproducciones por el propio solicitante.
- Solo se concederán permisos para la obtención de reproducciones que no existan ya en el banco de imágenes del Patrimonio Nacional y/o que no puedan ser obtenidas con los medios personales o técnicos existentes en este Organismo.
- solo se autorizarán solicitudes que no interfieran la actividad normal (visita pública, actos oficiales, zonas de clausura…) o extraordinaria a desarrollar en cada inmueble o instalación dependiente del Patrimonio Nacional. Por ello, cada solicitud será estudiada individualmente, pudiendo establecerse condiciones especiales en función de la naturaleza de las mismas.
- El Patrimonio Nacional se reserva el derecho de exigir una copia de las reproducciones obtenidas, en los formatos y con las características que se determinen en cada caso, quedando como propietario de dicha copia y como titular no exclusivo de los derechos de explotación contemplados en la normativa vigente sobre propiedad intelectual, por tiempo ilimitado y para cualquier ámbito territorial, incluyendo la posibilidad de cesiones a terceros. El Patrimonio Nacional garantizará el respeto de los derechos morales de los autores.
- en el caso de fotografías o audiovisuales realizados por investigadores en el transcurso de su visita a nuestras instalaciones para estudiar bienes culturales, tanto muebles como inmuebles, estos investigadores tendrán que comunicar de qué fondos o espacios obtienen reproducciones, así como informar de cualquier uso posterior que quieran hacer de las mismas.
- En el caso de fondos de la red de Archivos y Bibliotecas del Patrimonio Nacional que no estén previamente digitalizados, se permitirá la realización de hasta 25 fotografías con dispositivos móviles, sin flash.